Contexto Ambiental

Contexto Ambiental

¿Qué papel juegan los municipios en la gestión ambiental?



Los municipios como entidades y su administración municipal trabajan de manera conjunta con los habitantes de la región con el objetivo de velar por el cuidado y preservación de un medio ambiente sano y sostenible como patrimonio común de la población, haciendo un correcto manejo de recursos del municipio, procurando su sostenibilidad y realizando tareas preventivas en pro del mejoramiento y desarrollo de dichos recursos.

Los municipios en gestión ambiental tienen una gran responsabilidad, comenzando con la tarea de liderar la gestión ambiental dentro de cada región, asegurando el cumplimiento del plan de ordenamiento territorial (POT) concretamente dentro de la variable de gestión ambiental, las responsabilidades también incluyen propender que todos los planes de desarrollo y proyectos estén alineados con el plan ambiental y de recursos naturales.

Las administraciones municipales, concretamente dentro del concejo del municipio tienen la facultad de regular el cumplimiento del plan de medio ambiente como normas para el control, preservación y cuidado de los recursos naturales del territorio municipal, de manera coordinada con las normativas nacionales y regionales de los departamentos, además de esto por medio de impuestos, tasas y contribuciones, igual la creación de exenciones tributarias, para generar estímulos a los ciudadanos que contribuyan con el manejo ambiental del municipio.


¿De qué manera la legislación ambiental colombiana tiene en cuenta los principios del Derecho Ambiental?.

En Colombia la legislación ambiental parte de la Constitución Política, en la que se establecen los derechos de la comunidad como prioridad sobre los intereses individuales, y nombrando el medio ambiente como un bien común de toda la población en general, siendo objeto de proyección como patrimonio nacional. Correlacionado a esto la legislación ambiental colombiana establece las normativas y acciones en pro del cuidado del medio ambiente, para la totalidad del territorio de la nación, así como para las regiones y zonas contenidas dentro de esta, articulando cada acción con las posibles consecuencias e impactos que están puedan generar en otras regiones del país, además de la máxima que toda acción debe partir de un carácter preventivo, en consecuencia con los principios del derecho ambiental.



¿Cuál es el recurso que, en este momento, requiere de una mayor atención por el Estado, dado el deterioro que tiene?


Dentro del Pacto por la sostenibilidad y los informes de la ANDI, el primer objetivo del estado es reducir los impactos ambientales y mitigar el cambio climático, haciendo un correcto uso de los recursos como el agua, las materias primas, la energía y el suelo, haciendo contrapeso a las actividades de deforestación y degradación de los ecosistemas.




El recurso hídrico, actualmente requiere de una mayor atención por parte del estado, dado el deterioro que tiene, como se evidencia en el Pacto Región Caribe donde la problemática tiene como foco el agua limpia y el saneamiento. El Pacto Región Krioul & Seaflower también trata temas de sobreexplotación de recursos naturales como el agua, la baja cobertura de acueducto y alcantarillado, el mal manejo de residuos sólidos y la escasez del agua para consumo humano.

Sumado al Pacto Región Central donde se trabaja directamente con el problema de la invasión de las rondas hídricas, que son cuerpos de agua necesarios para el sostenimiento propio de los cuerpos de agua dentro del ecosistema de los mismo.


De acuerdo al Artículo 3 del Decreto 1220 de 2005, ¿Qué tipos de obras existen en el país?


Existen dos tipos de obras, las licenciadas y las no licenciadas.

Licenciadas son las obras que se encuentran relacionadas con los sectores de: hidrocarburos; minero; energético; la construcción de grandes obras de infraestructura como aeropuertos, vías férreas, distritos de riego, presas, embalses, proyectos del sector portuario.

No Licenciadas son aquellas obras que previo a su inicio y ejecución gestionan y obtienen los correspondientes permisos para su implementación, donde se incluyen concesiones y autorizaciones ambientales y mineras, ante las autoridades en su jurisdicción de manera regional como intervenciones forestales, aguas, vertimientos líquidos, manejo de residuos sólidos, fuentes de materiales. Por medio de la Resolución 1023 de 2005 el Ministerio del medio ambiente establece las normativas y guías para la correcta implementación de diferentes proyectos en diferentes hábitos con impactos al medio ambiente.

¿En qué consisten las licencias ambientales en nuestro país?


Las licencias ambientales, tienen como propósito entregar o conceder la autorización ambiental para la ejecución de un proyecto, obra o actividad, que a través de una evaluación de impactos determine dentro de lo establecido por la ley y demás normativas ambientales como un potencial productor de impactos negativos o deterioro grave a los recursos naturales renovables o al medio ambiente, o en otros casos la potencialidad del proyecto de introducir modificaciones considerables o notorias al paisaje.

Según la ley 99 una licencia otorgada se encuentra sujeta al beneficiario de esta, es decir la persona natural o jurídica que la reciba, sujeta al cumplimiento de todos los requisitos, términos, condiciones y obligaciones que la misma establezcan para la prevención, mitigación, corrección, compensación y manejo de los efectos ambientales del proyecto, obra o actividad autorizada.

En Colombia las licencias ambientales cumplen la función de herramientas para limitar la explotación de los recursos naturales con el objetivo primario de prevenir su desaparición o deterioro de estos recursos, al mismo tiempo que se reducen los impactos negativos ambientales que puedan generar los proyectos, contribuyendo a la protección y conservación del medio ambiente.


De acuerdo a la normatividad, ¿Qué actividades requieren licencias ambientales para ser desarrolladas?

Los proyectos, obras o actividades que requieren las licencias ambientales son aquellos listados en el Articulo 2.2.2.3.2.3 del Decreto 1076 de 2015, las cuales serán otorgadas o negadas por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y (CAR) Corporaciones Autónomas Regionales según su jurisdicción y la competencia del proyecto. La ejecución de estas obras, el establecimiento de industrias o el desarrollo de actividades que puedan generar impactos al ambiente, producir deterioro a los recursos naturales renovables o introducir modificaciones considerables o notorias al paisaje, requerirán de una licencia ambiental.


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